Infórmese con Nosotros

Derechos del Consumidor

¿Sabes que aquellos contratos que firmamos con grandes empresas en que no podemos discutir ninguna de sus cláusulas se denominan contratos por adhesión?

Reciben este nombre precisamente porque solo nos queda adherirnos a los términos preestablecidos por la Empresa y muchas veces consentimos en cláusulas abusivas.
La Ley 19.496, sobre protección a los derechos de los consumidores establece un listado de cláusulas que se entienden abusivas y que tú puedes solicitar que sean anuladas. Además, establece el derecho de exigir el contrato que has firmado, no pueden negarte una copia de éste aunque no esté firmado por la Empresa ya bajo ningún pretexto, como que llegará por correo, lo cual no siempre ocurre, llevándote desagradables sorpresas.
Exige tu contrato. Exige tus derechos.

DICOM

¿Sabias que la Ley 19.628, sobre protección de la vida privada, regula el tratamiento de los datos personales en registros públicos y privados?

El tratamiento de estos datos sólo puede efectuarse cuando la Ley lo autorice o el titula consienta expresamente en ello. Y sobre tus derechos, ¿sabias que el art. 12 de esta misma Ley, ( Dicom) o la institución respectiva, está obligada a entregar la información gratuitamente cada 6 meses ya que ellos manejan información privada de las personas?, y que puedes acceder a ella en forma personal con tu cédula de identidad, como se dijo GRATUITAMENTE. Exige e infórmate de tus derechos

¿Qué puede hacer si le embargan bienes?
Es un hecho que las personas pese a querer pagar sus deudas, muchas veces, por motivos fundados no logran satisfacer todos los requerimientos de sus acreedores. Si usted cae en cesación de pago, no espere hasta al último momento para buscar ayuda, ya que el tiempo es fundamental para preparar una buena defensa. La única forma de liberar sus bienes embargados, es mediante el pago total de la deuda o mediante una tercería que a la vez puede ser de posesión (más habitual), o de dominio. Por ello comuníquese con nosotros y preparemos juntos su defensa. Es importante no botar a la basura las cuentas que llegan de tal o cual empresa cobradora y hacerle frente…

¿Cómo?
Primero que todo verificar que la deuda sea la que realmente se contrató. En este sentido es muy usual que las empresas del retail, realicen reprogramaciones de deudas en forma unilateral, para lograr que una deuda de $ 100.000, con el transcurso del tiempo se transforme en $ 200.000 ó más. Para ello es necesario verificar sus cuentas y si hay repactaciones hechas por la misma empresa sin su consentimiento y si es así comuníquese con nosotros que lo podremos ayudar, siempre que sea antes de SEIS meses desde el hecho, ya que los plazos en estas materias son bastante breves

Remates de bienes; Embargos

Crisis Económica = despidos, deudas, morosidades, embargos, remates...

Ya llegó lo que se anunciaba por todos los medios de comunicación, la crisis económica mundial nos comenzó a afectar, comenzaron algunos despidos en grandes empresas del rubro de la construcción, como también en bancos y otras instituciones.

En estos momentos de crisis es cuando menos tenemos que caer en ella, intentar bajar los costos fijos, las deudas, intentar el ahorro que se hace cada vez más difícil con la subida de precios en el mercado, agravado por cuanta especulación se va creando. Sin embargo, hay personas que no podrán mantener sus cumplimientos financieros y comienza la temible etapa de las cobranzas judiciales, llamados telefónicos, cartas y cuanta formula tengan para intimidar lo harán sin consideración alguna.

¿Qué hacer si uno sabe que en algún momento no podrá seguir pagando los intereses moratorios, los gastos de cobranzas y toda las “comisiones” que inventaron nuestros acreedores pensando en que llegaría este momento?
Porque créalo o no para ellos es un verdadero festín el deudor que paga solo intereses y repacta y repacta y suma y suma, porque seguramente ellos tienen algunas cartas por jugar. Sin embargo, existen maneras de enfrentar la crisis, sino la mundial al menos la propia y no quedar prácticamente de brazos cruzados, asesórese con nosotros a fin de poder ayudarlo, tanto a usted, como a su familia, envíe sus consulta a través del formulario y un abogado responderá sus inquietudes, pero recuerde, que para ganar o bien, no perder todo, hay que estar un paso antes que el otro jugador, gane tiempo y no pierda dinero Consúltenos.

Embargos y Tercerías

Si usted ya ha sido notificado de una demanda ejecutiva, contáctese con nosotros.

En este tipo de juicios en que el demandante posee un titulo de los que la ley denomina “ejecutivo”, el tiempo es esencial para poder defenderse, existen instituciones legales pertinentes para poder hacer valer sus derechos ante un embargo o remate de bienes, dependiendo de la situación. Es posible que los bienes embargados no sean del dominio del ejecutado, para ello necesariamente se debe realizar a la brevedad una tercería de dominio o de posesión, con el objeto de liberar dichos bienes, no permita que sus bienes los rematen en montos mínimos y menos que tengan que ser retirados con ayuda de la fuerza pública, envíenos sus consultas a través de nuestro Formulario

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